El derechazo
judicial
El título no referencia una posición
ideológica (aunque podría hacerlo) sino a la figuración de un fuerte
golpe que alguien da a otro. Es que la semana vino cargada de novedades
judiciales, especialmente en materia de pronunciamientos contra leyes y
políticas del Poder Ejecutivo. Varios derechazos.
Tres pronunciamientos en forma
de acordadas (que se agregan a una de la semana anterior) y dos
pronunciamientos en formas de sentencias. De los seis pronunciamientos, cinco
son de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
La reforma judicial
Cuando la presidenta Cristina
Fernández el 1º de marzo ante el Congreso de la Nación anunció el inicio de un
proceso de reformas judiciales, también advirtió el comienzo de un camino
sinuoso cuyo final se desconoce. CFK tenía para sí que los frutos de sus
anuncios no se verían en poco tiempo y –tal vez- que ni siquiera al finalizar
su mandato vería una parte importante de ellos.
Ya lo dijimos la semana pasada: el judicial
es el poder del Estado menos sujeto a la voluntad popular. Sus reformas
dependen de una gran voluntad de transformación en el tiempo, de procesos
políticos que nunca duran en el tiempo.
La presidenta sabía -sabe- los bueyes
con los que está arando, por lo que se deduce que su objetivo fue abrir el
debate para la posteridad, instalar la complejidad del tema y advertir sobre
unos de los límites de nuestro sistema democrático institucional.
Unánimes acordadas…
Algún medio hablo de veto, facultad
que nuestra Constitución otorga al Poder Ejecutivo, pero perfectamente
aplicable a la situación.
Es que la CSJN por tres diferentes
acordadas “vetó” a su manera leyes aprobadas por el Congreso de la Nación y
promulgadas por el Poder Ejecutivo. Se pronunció sin mediar causa judicial
haciendo ineficaces leyes vigentes en la república.
Así declaró inaplicables:
a) El artículo 4 de
la Ley 26.856, que la obliga a transparentar con 5 días de anticipación “las
cuestiones a dirimir en los acuerdos y reuniones que lleve a cabo” y “que
tengan por objeto el dictado de sentencias, acordadas o resoluciones”. ¿tendrán algo que ocultar?
b) El artículo 6°
de la Ley N° 26.857 que establece como autoridad de aplicación de la Ley que
regula las declaraciones juradas patrimoniales a la Oficina Anticorrupción. Así pone bajo su jurisdicción el control y
difusión de esa información, esquivando cualquier ojo extraño a la propia CSJN.
c) El ingreso por
concurso establecido en la Ley 26.861 a sus propios funcionarios y empleados y
a los que dependen de “la estructura central de gobierno y administración del
Consejo de la Magistratura”. O sea,
ingreso a dedazo.
La semana pasada la Corte había dejado
boyando la Ley 26853 declarándola no operativa.
Las cuatro son
leyes constitucionales y producto de aquellos anuncios de la Presidenta y fruto
de un intenso debate. De un plumazo se suspendieron, modificaron,
relativizaron… en fin, el autogobierno judicial vetó las leyes.
…y dos sentencias
Encadenados (por lo menos en mi
opinión) aparecieron dos pronunciamientos.
Uno de la CSJN que
impidió al Estado poner en discusión ante ese órgano por una supuesta
presentación fuera de término. Nada menos que en el debate sobre la escandalosa
entrega de Carlos S. Menem del predio ferial a la Sociedad Rural.
Se ve que los
almanaques o los análisis que se hacen de ellos son muy complejos: la decisión
tuvo dos votos en contra, uno nada menos que del propio presidente de la CSJN
El otro fallo, de menor
jerarquía en cuanto al rango del tribunal –un sala de la Cámara Nacional
de Apelaciones en lo Comercial- suspendió la aplicación del artículo 20 de la
Ley de Mercado de Capitales, que permite la intervención de la Comisión
Nacional de Valores (CNV). En realidad el fallo, dictado por una presentación
de un socio minoritario del holding de Noble-Magnetto, es de la semana anterior
y tuvo nula difusión. Esta “modesta”
medida cautelar bloquea una de las reformas económicas medulares de los últimos
tiempos que tiene por objeto impulsar la inversión productiva y no especulativa,
y si bien ha sido dictado para éste caso planteado en particular no hay que
descartar “efecto cascada”.
La Corte que
supimos conseguir
Cuando corría el año 2003 la desazón
sobre la corte menemista les/nos había ganado a muchos. Un gran camino con destino
a una negociación corrupta con esos jueces era, parecía, lo único posible. Y
esos jueces representando lo peor de la corporación económica y política de
nuestro país.
Néstor Kirchner, con una
representación débil surgida de las urnas ideó movimientos al todo o nada,
poniendo en juego su poco (todo) capital político.
El resultado fue política e
institucionalmente impecable por tres: 1) la huída de los cortesanos vía juicio
político con mayorías abrumadoras en el Congreso y de diversos sectores políticos;
2) impensable para la época, el decreto 222 del 19/06/2003 –de autolimitación
de facultades del Poder Ejecutivo- donde la sociedad puede opinar sobre las
postulaciones que además fueron ampliamente difundidas con información sobre
los postulantes; 3) juezas y jueces altamente prestigiosos por su nivel
académico, verdaderamente independientes pero a su vez con cierta historia de compromiso
político.
Cuando todo parecía oscuro el proceso
que impulso Kirchner produjo un giro a 180 grados de los cuales surgieron 2
jueces y dos juezas de los siete hoy en funciones, los tres restantes fueron
designados 2 por Raúl Alfonsín y 1 por Eduardo Duhalde.
Esa es la Corte que
hoy, cual tortuga, se mete en su caparazón corporativo. En el medio ¿qué
paso? Difícil saberlo en su totalidad y menos desgranar un análisis en pocas
líneas. Lo cierto es que el proceso de reformas al sistema judicial es
necesario y la Corte lo resiste, incluso con fuertes sospechas de relaciones
con las corporaciones económicas de algunos de sus integrantes. Por esas cosas del destino, el mismo
órgano que simbolizó la ruptura de los ’90 se empeña hoy en desgranar sobre el
ring sus derechazos al gobierno.
¿Fin de época de la
Corte? Tal vez, o tal vez las definiciones respecto del próximo tema que abordo
lo indique.
¿Esta semana
preparan otro derechazo?
La CSJN le está dando vueltas al
tema.
Es que debe resolver la
constitucionalidad de algunos artículos de una ley con un gran simbolismo como
lo es la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA). Ley que fue
parida por movimientos sociales y políticos que la militaron por décadas y
votada por un Congreso compuesto por parlamentarios de diferentes colores
partidarios.
Claro, del otro lado está uno de los
grupos económicos mas poderosos de nuestro país que ha logrado demorar cuatro años la aplicación plena de la Ley y
polarizar política y socialmente defendiendo lo que para la sociedad debería
ser indefendible.
Poderoso enemigo
popular, un sistema de información sin controles sobre su integración económica
(el contenido no está regulado), es una bomba de tiempo sobre la sociedad y
sobre cualquier gobierno. Sin embargo, algunos sectores sociales y políticos se
sientan a upa de los medios concentrados no advirtiendo que el perjuicio de
garantizar su continuidad es equivalente a mantener nuestra condición de
ciudadanos-rehenes de una comunicación antidemocrática.
La comunicación democrática nos
libera como pueblos y nos ayuda a pensar. Muchas voces no concentradas nos
hacen mas ciudadan@s. La comunicación de los monopolios nos vende información
interesada en sus propios negocios.
Pero es así, la Corte ha habilitado
la eterna cautelar que mantiene el monopolio –aunque a veces su actitud fue
otra- y ahora a convocado a una audiencia pública para discutir sobre 4
artículos de la Ley, su corazón de la regulación antimonopólica. Bienvenida la
audiencia y el debate, aunque la mayoría de las cosas que se dirán ya se
dijeron en éstas décadas de debate y especialmente en el proceso de sanción de
la Ley.
Pero luego de la
audiencia deberá decidir. No es el fin del mundo y ni siquiera el fin de la
lucha por la comunicación democrática, pues la ley tiene 162 artículos mas.
Pero la decisión será un símbolo de ésta Corte, de éste sistema judicial y del
poder que mantienen –o no- las corporaciones por encima de las instituciones
democráticas.
Publicado en Diario Primera Línea del 25-08-2013
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Publicado en Diario Primera Línea del 25-08-2013
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